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PADRE ITALIANO

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CONDICION: Si su padre era ciudadano italiano cuando usted nació y usted nunca ha renunciado a su derecho de ciudadanía italiana.

Usted debe obtener copias certificadas de los siguientes documentos:

Partida de Nacimiento italiana de su padre emitida por la municipalidad (comune) en Italia donde nació.

Certificado de Ciudadanía italiana de su padre emitida por la municipalidad (comune) en Italia donde nació.

Acta de Matrimonio de sus padres. Si se casaron fuera de Italia debe venir apostillada, si el país donde se casaron, no es miembro del Convenio firmado en La Haya, el acta de matrimonio debe estar legalizada por el consulado Italiano ubicado de donde proviene el Acta. Debe estar traducida al Italiano.

Si su padre se naturalizó, usted debe presentar el Certificado de Naturalización o una Declaración emitida por el Servicio de Ciudadanía e inmigración en Washington; si nunca se naturalizó, debe entonces presentar Carta emitida por la Corte del Condado donde residió, en la cual certifique que el nunca se naturalizó. Traducidos al Italiano. (Si usted es venezolano, haga click aquí.)

Si su padre falleció, usted debe presentar el Certificado de Defunción apostillado y traducido al Italiano.

Su Partida de Nacimiento. Debe venir apostillada, si el país donde nació, no es miembro del Convenio firmado en La Haya, la Partida de Nacimiento debe estar legalizada por el consulado Italiano ubicado de donde proviene la Partida. Debe estar traducida al Italiano.

Si usted es casado, debe presentar una copia certificada del Certficado de Matrimonio, esta debe estar apostillado y traducido al Italiano.

Si usted es divorciado, debe presentar una copia certificada del Certficado de Divorcio, esta debe estar apostillado y traducido al Italiano.

Si usted tiene hijos menores de 18 años, debe presentar una copia certificada del Certificado de Nacimiento (long form, si nacieron en EE.UU.) de cada uno, deben estar apostilladas y traducidas al Italiano.

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