La visa de turista se otorga a quien desee ingresar a Venezuela con fines de recreo, salud o actividades, que no involucren remuneración o lucro, tales como: culturales; artísticas; científicas; deportivas; de contacto con empresas radicadas en el país o con personas del sector público o privado; o periodística para eventos especiales.
Esta visa tiene una vigencia de un (1) año, con múltiples entradas, y le permitirá permanecer en el país por un período de hasta noventa (90) días contínuos.
Usted debe traernos o enviarnos:
- Su pasaporte. Este debe tener una validez mínima de seis (6) meses y tener mínimo tres (3) páginas en blanco.
- Dos (2) fotografías a color, fondo blanco, recientes (no menos de 6 meses), que tengan un tamaño exacto de 1 1/2" x 1 1/4", mostrando 3/4 del perfil derecho y que se vea la oreja derecha (sin lentes oscuros y sin sombrero).
- Carta de comprobación de empleo vigente y notariada, expedida en papel membrete de la empresa donde usted trabaja, firmada por el representante de la empresa y notariada. En caso de que su empleador elabore la carta de trabajo utilizando papel cuyo membrete sea impreso en computadora o escrito a máquina, usted debe traer copia de la licencia ocupacional o copia de los artículos de incorporación de la compañía.
- Presentar el último estado de su cuenta bancaria o una carta emitida por su banco.
- Una fotocopia de su tarjeta de residencia o de la visa que le permita permanecer en Estados Unidos.
- Si el solicitante es menor de edad, o no trabaja, retirado, es un estudiante, o una persona desabilitada o incapacitada o si los costos del viaje seran cubiertos por otra persona; le elaboraremos un Afidávit notariado, el cual debe firmarlo la persona que cubrirá los gastos del viaje. En este caso, la carta del banco o ultimo estado de cuenta y la Carta de comprobación de empleo deben ser de la persona que firma el Afidávit.
Esta es la información más actualizada:
30 Noviembre, 2006
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Países exentos de visas de turismo para entrar a Venezuela.
Alemania, Andorra, Antigua y Barbuda, Antillas Neerlandesas, Aruba, Australia, Argentina, Austria, Barbados, Bélgica, Belice, Brasil, Canadá, Costa Rica, Chile, Dinamarca, Dominica, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Gran Bretaña, Grecia, Grenada, Guatemala, Hong Kong, Irlanda, Islandia, Italia, Jamaica, Japón, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, México, Mónaco, Malasia, Noruega, Nueva Zelandia, Paraguay, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, Sud Africa, San Cristóbal y Nevis, Santa Lucía, San Marino, San Vicente y las Granadinas, Suecia, Suiza, Taiwan, Trinidad y Tobago, Turquía y Uruguay.
Los visitantes podrán permanecer 90 días no prorrogables en el país.
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